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Dirección
Elcano 4965
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Buenos Aires, Argentina |
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Manual y Reglamento del Expositor > |
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| Condiciones Generales de Participación |
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Art. 1 - Preliminares
1.1 ExpoAgua 2011 – 9ª Exposición internacional de tecnología, tratamiento y saneamiento ambiental. En adelante “ExpoAgua 2011” se regirá por el presente reglamento general, así como la solicitud de reserva y admisión, los planos, el reglamento de stands y las disposiciones de la entidad organizadora, del que son documentos anexos y de igual validez.
1. 2 Este reglamento será interpretado en toda circunstancia en el sentido de mantener la jerarquía de la exposición, su orden y seguridad interno, sus características estética, funcional, comercial, su carácter y esencia.
1. 3 Es la finalidad de la exposición mostrar el desarrollo logrado por las empresas participantes en los rubros involucrados.
Art. 2 - Autoridades
2.1 A partir de ahora y en todo lo que está expuesto en este reglamento El realizador de ExpoAgua y medio ambiente 2011 figurará como El realizador de ExpoAgua 2011. El Comité Ejecutivo, designado por El realizador de Expoagua 2011, es la máxima autoridad de la exposición. El Comité Ejecutivo (C.E.) es el órgano de aplicación del reglamento y sus decisiones son inapelables.
2.2 El Comité Ejecutivo está integrado por los Organizadores y Realizadores de ExpoAgua y medio ambiente 2011
2.3 El C.E. podrá, cuando lo estime necesario, delegar funciones en órganos o personas para el cumplimiento de este reglamento (intendencia, dirección de obra, seguridad, etc.).
Art. 3 - Participantes y Productos
3.1 Podrán participar:
Las empresas que participan en el mercado de Construcción, nacionales e internacionales, empresas con representantes en la Argentina y/o marcas internacionales representadas por empresas nacionales. Y toda empresa relacionada con el afín del mercado.
3.2 Los interesados deberán suscribir la solicitud de reserva y admisión en todos sus términos. La participación se hará efectiva una vez que el Comité Ejecutivo apruebe la admisión y está sujeta al fiel cumplimiento de los términos de contratación, el reglamento y las disposiciones que el C.E. determine.
3.3 Los expositores sólo podrán exhibir los rubros y marcas consignados en la solicitud de reserva y admisión. En caso de incorporar nuevos productos deberán solicitar y obtener la autorización del Comité Ejecutivo.
3.4 Los productos, elementos y marcas a exhibir en el stand deberán encontrarse en condiciones adecuadas; ser exponentes de la producción del expositor o contar con la autorización o licencia otorgada por el titular o representante si el artículo implica marca registrada.
3.5 La solicitud de reserva y admisión así como también la participación en la exposición de la empresa que figura con razón social en el convenio o con el nombre de fantasía no puede extender la participación en la muestra a otra empresa que no sea la que figura con la razón social o nombre de fantasía en el convenio de participación de la exposición.
3.6 Los artículos en exhibición deberán encuadrarse dentro de las normas y disposiciones legales dictadas por las autoridades nacionales y municipales.
3.7 El expositor no podrá ceder, total o parcialmente, subalquilar ni transferir el stand adjudicado ni tampoco compartirlo.
Art. 4 - Tarifas de participación y condiciones
4.1 Los precios, medidas y ubicación figuran en la solicitud de reserva y admisión, planillas y planos de la exposición.En caso de fuerza mayor el C.E. podrá modificar total o parcialmente la configuración y ubicación, atendiendo siempre a un mejor desarrollo del evento.
4.2 El precio de comercialización de los stands incluye los siguientes elementos y servicios:
4. 2.1 El uso del espacio será durante el tiempo de armado, exhibición y desarmado, según cronograma.
4. 2.2 Iluminación general del recinto.
4. 2.3 Provisión de elementos de limitación entre stands, cenefa y cartel identificador normalizado según corresponda (perimetrales).
4. 2.4 Asesoramiento y administración general.
4. 2.5 Vigilancia general del predio.
4. 2.6 Limpieza de áreas comunes y accesos.
4. 2.7 Credenciales e invitaciones según determine el C.E.
4. 2.8 Piso alfombrado en las áreas comunes de los Pabellones y hall de acreditación y accesos.
4. 2.9 Figuración en la Web de la exposición.
4. 2.10 Asesoramiento Técnico-informativo previo a la Exposición.
4. 2.11 Espacio sin cargo en el Auditorio de la Exposición para la Presentación de cursos y productos previa coordinación y autorización del C.E.
4. 2.12 Asesoramiento permanente del Organizador durante el armado, desarrollo y desarme.
Art. 5 - Prohibiciones
5.1 Quedan prohibidas las siguientes actividades:
5.1.1 La exhibición de productos o servicios que no correspondan a la industria que el evento convoca.
5.1.2 Realizar publicidad por cualquier medio fuera del perímetro del stand.
5.1.3 La exhibición o expendio de elementos que a criterio del C.E. pueden afectar el desarrollo del evento o la seguridad de las personas o la muestra, o situaciones que pongan en riesgo la seguridad general.
5.1.4 El ingreso al recinto de la exposición a persona menor de 16 años de edad.
5.1.5 La instalación y uso de elementos de propagación de sonido que a criterio del C.E. molesten o perturben el normal desenvolvimiento de la muestra.
5.1.6 La realización de shows, reuniones y/o agasajos que perturben el orden y funcionamiento de la muestra. El C.E fijará un día y horario para la realización de este tipo de actividades. El Expositor deberá solicitar autorización previa por escrito y aguardar su aprobación (ver anexo, formulario N°5).
5.1.7 El uso por parte del personal de stand de vestimenta incorrecta a juicio del C.E.
5.1.8 Personal no autorizado por el C.E. como ser: camarógrafos, fotógrafos, vendedores ambulantes o cualquier otro tipo de vendedor de rubro comercial.
Art. 6 - Lugares y fechas
6.1 Expoagua 2011 se llevará a cabo en los Pabellones 4 y 5 del Centro Costa Salguero de la ciudad de Buenos Aires, sito en la calle Rafael Obligado y Jerónimo Salguero s/nº, del 18 al 20 de Mayo de 2011.
VER PLAN DE TIEMPOS ANEXO.
Art. 7 - Responsabilidades - Vigilancia - Seguridad
7.1 El expositor es el único y exclusivo responsable civil, penal, laboral, fiscal y administrativo frente a El Realizador de ExpoAgua 2011 y frente a terceros, personal propio, contratado y organismos públicos por las consecuencias que se deriven de sus actividades en el predio, del personal que ocupa y del material expuesto, incluyendo accidentes de trabajo y todo tipo de daño.
7.2 El Realizador de ExpoAgua 2011 no tendrá bajo ningún concepto otra responsabilidad que la de poner a disposición del expositor el espacio y elementos cedidos contra los riesgos mencionados en el desarrollo de las actividades en el evento.
7.3 El expositor será el único responsable por los daños causados a su personal, visitantes de la muestra que se encuentren dentro del stand y/o a sus cosas y bienes de cualquier naturaleza por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, sabotaje u otras causas cualquiera sea su origen y procedencia y será asimismo responsable por los daños y perjuicios personales ocasionados por si o por su personal, dentro y fuera del stand y/o por cosas de que sirve o tiene a su cuidado. El expositor deberá contratar y exhibir al C.E. una póliza que contemple las eventualidades descriptas, en las que incluirá a ExpoAgua y Medio Ambiente 2011, como endoso de la póliza aseguradora del mismo.
7.4 El C.E. no se hace responsable por los daños que puedan producir al expositor las deficiencias de las instalaciones de luz y fuerza motriz, desagües, etc. Tampoco se hace responsable si por cualquier hecho o evento al que sea ajeno se produjera la interrupción o disminución de esos servicios.
7.5 El C.E. dispondrá de personal de seguridad y vigilancia general durante el tiempo de duración del evento, responsable del orden y de la atención de imprevistos, no siendo responsable de robos y hurtos.
7.6 Durante las horas de cierre al público no podrá permanecer dentro del recinto de la muestra otro personal que el de vigilancia citado y el personal de dependencia del expositor, en los horarios determinados, debidamente acreditados y con credenciales autorizadas por el C.E.
7.7 Los expositores y su personal están obligados a permitir el examen de bultos en el momento en que ingresen o egresen al recinto de la muestra. En caso de que el expositor crea conveniente contratar personal de vigilancia exclusiva para su stand, podrá hacerlo bajo condiciones que establezca el C.E.
Art. 8 - Funcionamiento del stand
8.1 Los horarios de atención deben ser respetados estrictamente.
8.1.1 El personal acreditado deberá estar presente 15 minutos antes de la apertura y hasta 15 minutos después del horario de habilitación al público.
8.1.2 El horario de ingreso al salón se establece en 30 minutos antes de la apertura de cada día, según cronograma, y deberá ser desocupado 30 minutos luego del cierre.
8.2 Durante los días que dura la exposición, previa autorización del C.E., el expositor podrá ingresar a su stand para tareas de limpieza, reposición y arreglos 30 minutos antes de la apertura al público. Limitándose en ese tiempo de permanencia, al cumplimiento específico de la tarea. No podrá circular, observar ni entrar en lugar alguno que no sea el área de su stand.
8.3 El ingreso de mercadería, útiles, objetos y elementos de todo tipo deberá realizarse por los lugares y tiempos establecidos. En todos los casos dicho ingreso estará documentado mediante escritos oficiales del expositor en triplicado, lo que será verificado por el C.E. y el personal de la tarea. La salida de lo ingresado será de control obligatorio y no se permitirá retirar ningún objeto que no conste en los remitos de entrada.
8.4 Las entradas y salidas al predio estarán debidamente determinadas, debiéndose cumplir sin excepciones las disposiciones al respecto.
Art. 9 - Credenciales - Invitaciones
9.1 Las credenciales podrán retirarse en el predio durante los días y horarios de armado ya mencionados. Las mismas serán gestionadas previamente mediante el formulario correspondiente, de acuerdo al plan de tiempos.
Las credenciales serán entregadas exclusivamente a las empresas expositoras que tengan el permiso de montaje entregado por El Comité Ejecutivo de Expoagua 2011 y contra presentación de ART o Seguro de Accidentes Personales.
Para realizar tareas dentro del stand, tanto de armado, mantenimiento, desarme y atención del mismo, será necesario que todo el personal afectado a tal actividad, cuente con el certificado de ART (Aseguradora de Riesgo del Trabajo) o de Seguro de Accidentes Personales; teniendo el expositor la obligación de presentar dicho certificado ante el organizador, de acuerdo al plan de tiempos.
Las credenciales son personales e intransferibles con validez para el uso y periodo otorgado, su utilización es obligatoria y el uso indebido faculta al C.E. a no permitir el ingreso a la muestra a las personas que así lo intenten y a retenerlas por medio del personal de seguridad.
9.2 Las Invitaciones deberán ser solicitadas al Organizador (cantidad) mediante formulario correspondiente y según plan de tiempos y retiradas por las oficinas del mismo –Elcano 4965, CABA (C1427CIH)- de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 (dando aviso previo).
Art. 10 - Prensa - Fotografía - Video - Publicidad
10.1 El C.E. acreditará a periodistas y fotógrafos que pertenezcan a medios especializados y masivos, para visitar el salón en horarios generales o especiales quienes deberán llevar la credencial en forma visible
10.2 Sin perjuicio de que el expositor contrate algún servicio para su stand, el C.E. designará el servicio de fotografía y filmación del evento, quienes serán los únicos autorizados para promocionar su actividad en el transcurso de la exposición.
10.3 El servicio de fotografía y filmación del expositor deberá ser autorizado por el C.E. y su trabajo se limitará estrictamente al objetivo aprobado.
10.4 El C.E. se reserva el derecho de admisión y permanencia de fotógrafos y video filmadores.
Art. 11 - Personal de atención de stand o promoción
El personal propio o contratado del expositor deberá ajustarse a las disposiciones de este reglamento.
11.1 Sugerimos constatar que el personal este encuadrado por las leyes en vigencia.
Art. 12 - Asesoramiento
12.1 El C.E. asesorará al expositor con referencia a los aspectos técnicos del salón e interpretación del presente reglamento. Asimismo por medio de profesionales brindará su colaboración para aclarar cualquier aspecto técnico y legal.
12.2 Para facilitar necesidades relativas al armado, decoración y atención del stand, realice las consultas pertinentes al C.E.
12.3 Cualquier aspecto técnico relativo a la construcción puede ser consultado al C.E. o a la dirección técnica de la realización del evento.
Art. 13 - Obligaciones - Incumplimiento - Penalidades
13.1 El C.E. o las personas que éste designe resolverán a su exclusivo arbitrio, dentro de la letra y espíritu del presente y considerando el interés general de todos los expositores, cualquier cuestión no prevista, y su decisión será inapelable. Una vez notificada ésta, deberá ser cumplida y hecha por el expositor en forma inmediata.
13.2 Los expositores deberán hacer conocer las disposiciones del compromiso de participación, de este reglamento y las resoluciones que determine el C.E. al personal del stand y/o constructor.
13.3 El incumplimiento en tiempo y forma por parte del expositor, su personal o contratista, de las obligaciones establecidas ocasionará, sin perjuicio de las demás consecuencias determinadas o en virtud de normas públicas o por resoluciones del C.E., los siguientes efectos:
13.4 Dará a El realizador de ExpoAgua 2011 la opción entre el cumplimiento de la obligación o rescindir el compromiso de participación, resarciéndose de los eventuales daños causados en ambos casos.
13.5 El incumplidor quedará en mora automática por el mero hecho de su incumplimiento sin necesidad de interpretación previa.
13.6 El C.E. podrá adoptar las medidas urgentes respecto de bienes y personas, que las imprevisiones, negligencias u omisiones del expositor hicieren necesarias a juicio de aquel, facturando a este los gastos producidos si los hubiere.
13.7 El C.E. podrá suspender provisoria o definitivamente el funcionamiento de un stand, clausurado y retener los bienes del expositor, poniéndolo a disposición de El realizador de ExpoAgua 2011 para la realización hasta el completo resarcimiento de los daños causados.
13.8 El expositor deberá respetar estrictamente el término establecido en el punto relativo a los tiempos. El incumplimiento de desocupar en fecha y hora el predio, faculta al C.E. a desocuparlo por cuenta y riesgo del expositor y a depositar los bienes inventariados en el lugar que el C.E. estime adecuado con cargo al expositor.
Art. 14 - Construcción - Requisitos Generales - Control
14.1 Las normas establecidas en el presente reglamento son de estricto cumplimiento. El Comité Ejecutivo o sus organismos dependientes, dirección técnica, intendencia, están facultadas para observar, corregir, prohibir y/o clausurar la construcción del stand que no se ajuste en un todo a sus disposiciones.
Art. 15 - Instalaciones existentes - Construcciones
15.1 Está prohibido agujerear, cortar, picar, pegar, pintar, soldar, colgarse de, apoyar en y/o deteriorar las paredes, pavimentos, columnas, techados, cordones y toda instalación existente. Los tableros de electricidad general, llaves de paso de agua y bocas de servicio contra incendio en lugares que estén incluidos dentro de los lotes deberán mantener fácil acceso permanente. Los elementos de prevención de incendios deberán, además, quedar a la vista.
15.2 La superficie del stand no se puede enduir, pintar ni cubrir con materiales que alteren su condición.
15.3 La resistencia máxima del piso es de 300 Kg. x m². Objetos pesados, columnas, construcciones y máquinas deberán repartir el peso apoyándolos sobre planchas de hierro o tablones de madera de sección suficiente para soportar el peso previsto. En todos los casos se deberá avisar con anticipación el tipo de construcción programada.
15.4 Todos los materiales de construcción deben ser de la menor combustibilidad posible. No está permitido el uso de material de albañilería, ladrillos, cemento, mezclas, yeso o cualquier tipo de construcción húmeda.
15.5 Las medianeras provistas constan de tabiques modulares de 2,40 m de altura construidos con perfiles de aluminio y paneles blancos. Los tabiques no podrán usarse como soporte de ningún elemento. Sólo podrán utilizarse para colgar los bordes superiores murales o elementos que no superen los 5 Kg. de peso por cada panel. Sobre los paneles se podrán fijar únicamente autoadhesivos siempre que se puedan retirar sin dañar la superficie.
15.6 Los paneles y estructuras provistos no pueden ser modificados, clavados, atornillados, agujereados, cortados, pintados, ni adherirles elementos con ningún tipo de pegamento.
15.7 Los cielorrasos o todo tipo de elemento similar (y aunque no superen los 2,40 m de altura) deberán ser autoportantes y no podrán apoyarse sobre los tabiques medianeros.
15.8 Los frentes mostradores, vitrinas o escritorios de atención al público deberán quedar a una distancia no menor de 0,60 m del frente del stand.
15.9 Los stands pueden construirse con su frente cerrado por medio de exhibidores, vidrieras, vitrinas, etc. en material transparente entre 1,00 a 2,02 mts de altura a contar desde el piso, cubriendo hasta el 80% del largo del frente. En los stands pueden ser construidos recintos privados cuya superficie no sea en ningún caso superior al 30% de la superficie total del lote.
Art. 16 - Sonido
No se podrán colocar parlantes u otros artefactos emisores de sonido cuyo volumen sea audible en el exterior del stand. Los expositores podrán instalar equipos audiovisuales en recintos acústicamente aislados. No se podrá emitir ninguna clase de música sin previamente acreditar el cumplimiento de las disposiciones pertinentes ante SADAIC, AADI y CAPIF.
Art. 17 - Proyecto y dirección de stands
17.1 El proyecto y dirección de stands de más de 50 m² y/o más de un nivel deberá estar a cargo de un profesional (arquitecto o ingeniero).
17.2 Los expositores deberán presentar los planos a escala 1:50 (planta y vistas necesarias), instalaciones de iluminación, decoración y fuerza motriz. Los planos podrán ser aprobados u observados
17.3 Los adicionales solicitados deberán estar abonados antes del 1 de Abril de 2011 de lo contrario no serán colocados y/o no se le suministrará energía eléctrica al stand.
Art. 18 - Límites especiales
18.1 Ningún elemento puede exceder los límites de la superficie del lote a ninguna altura. Las medidas están tomadas de eje a eje de las medianeras, en todos los casos.
18.2 A pesar de encontrarse los lotes divididos por paneles con medidas fijas, se recomienda a los expositores trabajar en el diseño de sus stands con márgenes de seguridad en las dimensiones de los elementos y verificar en obra las medidas exactas del lote utilizado.
18.3 La altura máxima de cualquier elemento, incluyendo artefactos de iluminación es de 2,40/ 2,50 mts. Con el objeto de permitir un mayor desarrollo arquitectónico del stand se puede llegar hasta los 4 mts de altura (solicitando previa autorización al C.E. dependiendo de la ubicación del o los lotes) en una superficie retirada a 1,00 mts de cada una de las medianeras y no de la línea del frente del lote.
18.4 El o los elementos construidos en alturas superiores a 2,40 mts deberán presentar todas sus caras tratadas con igual jerarquía, esto es con el objetivo de no interferir con la estética de los stands linderos o del salón general. Los letreros o anuncios deberán cumplir también con esta condición.
Art. 19 - Ilumincaión - Energía eléctrica
19.1 El valor de la energía suministrada deberá ser abonada hasta el 1 de Abril de 2011. Los pedidos y pagos fuera de término no serán aceptados y acarreará como consecuencia costos adicionales a los que se establezcan por nota o la no provisión de energía eléctrica.
19.2 Las instalaciones programadas y ejecutadas por el expositor, previa aprobación del C.E., se llevarán a cabo de acuerdo al reglamento municipal de instalaciones de la Ciudad de Buenos Aires y a las que se detallan en este reglamento o a disposiciones que se comunique en lo sucesivo por circulares del Comité Ejecutivo.
19.3 La energía eléctrica será suministrada a los diferentes expositores desde los tableros perimetrales (ubicación fija de 15 o 30 KVA según el caso) y/o desde tableros aéreos (posición variable a lo largo de las vigas de pórticos de 30 KVA de potencia cada uno).
19.4 Cada expositor, será responsable de la instalación propia de su stand, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
19.4.1 Deberá contar con un tablero de entrada con disyuntor diferencial y protección termo-magnética de capacidad acorde con su potencia instalada. Este tablero estará provisto de un tramo de cable tipo taller de sección suficiente para el consumo previsto o de sección mínima de 2,5 m2, que el personal de Centro Costa Salguero conectará a los tableros perimetrales o aéreos, según corresponda.
19.4.2 Las acometidas monofásicas sólo serán permitidas para potencias de hasta 3 KVA. Para potencias superiores las acometidas deberán ser trifásicas, debiendo equilibrar convenientemente los consumos monofásicos para no generar desequilibrios perjudiciales en la instalación.
19.4.3 Será obligatorio el cable para "puesta a tierra" color VERDE y el “neutro” color CELESTE únicamente.
19.5 Será obligatorio, para fuerza motriz, conductores desde el TABLERO DE ENTRADA hasta los interruptores de cada motor, arrancadores con limitador de corriente en todo motor mayor de 10 HP y dispositivos de seguridad para cada uno de ellos.
19.6 Para consumos superiores a los 30 KVA y hasta 60 KVA, se deberá contar con dos tableros de entrada, valiendo las consideraciones anteriores para cada uno de ellos.
19.7 Para consumos superiores a los 60 KVA, Centro Costa Salguero cuenta con reservas de potencia que requieren tendidos especiales y que en algunos casos por estar fuera de los medidores eléctricos de las instalaciones de los pabellones, se facturarán en forma separada según fórmula, detallada en el párrafo TARIFARIO.
19.8 En la instalación de los artefactos eléctricos debe cuidarse que los mismos no causen molestias al público ni a los stands circundantes. No se permite la colocación de artefactos sobre pisos o muebles sin ningún elemento de protección que evite el contacto con el público. Los carteles luminosos o decoraciones lumínicas que se encuentren al alcance del público deberán colocarse detrás de los paneles de vidrio, acrílico o cualquier elemento que impida efectivamente el contacto.
19.9 Es responsabilidad exclusiva del expositor todo tipo de daños o perjuicios que provoquen sus elementos eléctricos a sí mismo, a su personal, a sus productos o a terceros.
Art. 20 - Central Telefónica
20.1 La central NORTHERN TELECOM instalada en Centro Costa Salguero consta de tramas digitales DDE (Discado Directo Entrante), lo que permite una comunicación rápida y sin interferencias, otorgando una línea exclusiva para cada stand o sector, prescindiendo totalmente del servicio de una operadora receptora de llamados, facilitándole a cada usuario un informe totalmente detallado del consumo, pudiendo también solicitar servicios de bloqueo de discado Nacional o Internacional.
20.2 Las tarifas establecidas para estos servicios pueden solicitarse en Centro Costa Salguero, Tel. 4808-8300.
Art. 21 - Normas contra Incendio
21.1 Es obligatorio, de acuerdo con las disposiciones vigentes del departamento de bomberos de la Policía Federal, disponer en cada stand de un (1) matafuegos de 1 Kg. de carga mínima el mismo debe ubicarse en un lugar accesible y a la vista.
21.2 En caso de que su stand en algunos de sus límites, este contra un hidrante de incendio o tape el mismo, deberá dejar liberado el acceso al mismo libre de todo material o construcción que obstaculice el acceso a la misma.
Art. 22 - Normas de Seguridad
22.1 No se permite la entrada a la exposición a menores de 16 años.
22.2 Todas las personas dentro de la exposición deben portar, en lugar visible y permanentemente, su credencial. Esta disposición abarca las etapas de armado, exhibición y desarme. Los expositores tienen la responsabilidad de obtener las credenciales para su personal y contratistas.
22.3 El personal de seguridad recorrerá todos los días la exposición a su cierre para verificar que se hayan retirado todos los visitantes y el personal de stands. Solamente el personal de stand que haya solicitado con anticipación un permiso especial al C.E. podrá permanecer en las instalaciones tras su cierre.
22.4 El C.E. proporcionará personal de seguridad las 24 horas en áreas comunes desde el comienzo del armado, durante la exposición y hasta la finalización del desarme. Sin embargo, recordamos a los expositores, que son los únicos responsables por la custodia de su stand y de todos los materiales de su propiedad.
22.5 Aún cuando la exposición contará con seguridad general en áreas comunes, recuerde que los momentos más riesgosos son las etapas de armado y desarme, cuando los robos son mas probables. Es responsabilidad del expositor optar por una conducta prudente a fin de proteger su propiedad y pertenencias personales. Todo objeto de valor que pueda ser fácilmente substraído debe ser puesto a resguardo.
22.6 Todo robo o deterioro deberá ser denunciado de inmediato a intendencia del predio o personal de seguridad.
Art. 23 - Aplazamiento - Anulación
23.1 En caso fortuito o de fuerza mayor, el C.E. se reserva el derecho de modificar o cancelar las fechas, horarios, plazos, planos y ámbitos previstos.
Art. 24 - Domicilio Legal
24.1 A todos los efectos legales El realizador de ExpoAgua 2011 constituye su domicilio legal en Elcano 4965 (C1427CIH), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; y EL EXPOSITOR en el lugar que se determina en el compromiso de participación, en las cuales se efectuarán todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales mientras no se modifiquen fehacientemente.
Asimismo se pactan los tribunales nacionales en lo civil de la Ciudad de Buenos Aires, para caso de controversia judicial, con exclusión o renuncia de cualquier otro fuero o jurisdicción.
Art. 25 - Lugar de Pago
Los pagos se efectuarán durante los días hábiles en las oficinas de El realizador de ExpoAgua 2011 o en el domicilio pactado con el Expositor para ese fin.
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Recordamos: Los adicionales solicitados deberán estar abonados antes del 01/04/2011 de lo contrario no serán colocados y/o no se le suministrará energía eléctrica al stand.
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